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Cómo calcular el reajuste del arriendo por IPC
Actualizada el · 6 min de lectura · Sánchez Fazio Propiedades
En resumen
Para reajustar un arriendo por IPC se multiplica el arriendo vigente por (1 + la variación del IPC del período que indica el contrato). Por ejemplo, un arriendo de $500.000 con una variación del IPC de 1,2 % en el período queda en $506.000.
Arriendos en UF y arriendos en pesos
Si el contrato está pactado en UF, no hay que reajustar: cada mes se paga con el valor de la UF del día de pago, que ya incorpora la inflación.
Si el contrato está en pesos, lo habitual es pactar un reajuste periódico según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INE: cada 3, 6 o 12 meses.
Qué meses de IPC se consideran
El contrato debe decir cada cuánto se reajusta y desde cuándo rige el nuevo monto. Con un reajuste cada 3 meses e inicio en enero, el arriendo reajustado rige desde abril (el mes 4) y considera la variación del IPC de los tres meses del período.
Como el INE publica el IPC de un mes el día 8 del mes siguiente, muchas administraciones usan los últimos meses publicados al comenzar el mes del reajuste (para abril: diciembre a febrero), de modo que el nuevo monto se conoce desde el primer día.
La fórmula
Nuevo arriendo = arriendo vigente × (1 + variación acumulada del IPC del período).
La variación acumulada se obtiene con los índices del IPC: (índice del último mes ÷ índice del mes anterior al período) − 1. Si solo tienes las variaciones mensuales, se encadenan: (1 + v1) × (1 + v2) × (1 + v3) − 1. No basta con sumarlas.
Ejemplo
- Arriendo vigente: $500.000, reajuste cada 3 meses.
- Variaciones mensuales del IPC del período: 0,4 %, 0,3 % y 0,5 %.
- Variación acumulada: 1,004 × 1,003 × 1,005 − 1 = 1,2047 %.
- Nuevo arriendo: $500.000 × 1,012047 = $506.024.
Si la variación del período es negativa, la mayoría de los contratos establece que el arriendo se mantiene (no se rebaja). Revisa la cláusula de tu contrato.

